Infodrogas

Nueva imagen del Portal de Buenas Prácticas de la EMCDDA.

Dirigido  a profesionales del sector, el portal se ha diseñado como una fuente práctica y fiable en las áreas de prevención relacionadas con las drogas, tratamiento, reducción de daños y la reintegración social.
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¡Atención Hostelería! Nueva normativa del cigarrillo electrónico. En vigor desde el 6 de junio de 2014.

Resolución de 6 de junio de 2014, de la Consejería de Sanidad, sobre información y señalización en la venta y consumo de dispositivos  susceptibles de liberación de nicotina y productos similares, en la cual se indica las condiciciones, publicada en el BOPA 152 de junio de 2014, mediante la cual se establecen las normas por las cuales se  determinen las características de dicha información y señalización y de la cartelería.

Resolución BOPA Descargar cartelería

 

Resolución de 10 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de Servicios  Sociales e Igualdad, por la que se convoca la concesión de ayudas  económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre  drogodependencias en el año 2014.

untitledULTIMO DIA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES MARTES 5 DE AGOSTO DE 2014.

Bases reguladoras

Convocatoria

Resolución de 23 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de Servicios  Sociales e Igualdad, por la que se convoca la concesión de ayudas  económicas a entidades privadas sin fines de lucro y de ámbito estatal,  con cargo al Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación de la Ley 17/2003, de 29 de  mayo, para la realización de programas supracomunitarios sobre  drogodependencias en el año 2014.

Convocatoria

Estas son las drogas ilegales más consumidas en España… y sus peligros

El Ministerio de Sanidad publica una lista de las sustancias ilegales que más se consumen en España, como resultado de su encuesta anual

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1.- Cannabis: La sustancia ilegal más consumida en España. Según el Ministerio de Sanidad, en el año 2012 el 9,6% de la población española la tomó en algún momento. La Fundación de Ayuda contra la Drogadicción (FAD) señala como su riesgo principal el aún discutido «síndrome amotivacional»: apatía y pérdida de interés en el individuo. Este síntoma se une a una disminución de la capacidad de concentración y de memorización, especialmente en consumidores diarios de esta sustancia.

El humo del cannabis es más perjudicial para el pulmón humano que el del tabaco, y puede producir enfermedades en las vías respiratorias. En hombres jóvenes puede producir un retraso en el inicio de la pubertad, y en mujeres podría interrumpir el ciclo menstrual o producir problemas en la ovulación.

El consumo del cannabis es dañino para el feto durante el embarazo, pues el THC atraviesa la barrera placentaria. También para el bebé en la lactancia.

Además, está constatada la potencialidad del cannabis como elemento desencadenante de psicosis y cuadros delirante- alucinatorios en personas con riesgo a padecerlos.

 

2.- Cocaína: Según los datos de la encuesta anual de sanidad, un 2,3% de la población española la consumió en algún momento en el año 2012. Los riesgos de consumir esta sustancia son múltiples. Puede producir hemorragias nasales, problemas respiratorios y alteración del sueño. También inquietud, irritabilidad y agresividad. Puede provocar cefaleas o accidentes vasculares, que podrían llegar al infarto cerebral.

Uno de sus efectos más perniciosos son las complicaciones psiquiátricas que puede conllevar su consumo: crisis de ansiedad y disminución de la memoria y de la capacidad de concentración. Asimismo, la cocaína puede provocar la llamada «psicosis cocaínica», que consiste en la aparición brusca de ideas paranoides que llevan al consumidor a un estado de confusión, pudiendo producir verdaderas crisis de pánico y alucinaciones.

 

3.- Éxtasis: El Ministerio de Sanidad afirma que esta sustancia fue consumida por el 0,7% de los españoles en 2012. Según la FAD, después de unas horas de su ingesta, la euforia inicial da paso a un estado de agotamiento, de tristeza, de ansiedad y agresividad. Esta fase puede durar varios días.

El éxtasis puede provocar riesgos en el organismo, como la alteración grave del ritmo cardíaco, subida de la temperatura corporal, contracción de la mandíbula, temblores y convulsiones. El consumo de éxtasis puede dar lugar a la aparición de toxicidad aguda, muy rara pero extremadamente grave. Esta droga puede provocar insuficiencias renales y hepáticas.

El éxtasis puede abocar a riesgos psicológicos, como crisis de ansiedad, trastornos depresivos o alteraciones psicóticas (el sentimiento de no ser el mismo, de volverse loco, puede sobrevenir de inmediato o en los días siguientes a su consumo).

 

4.- Anfetaminas / Speed: La encuesta anual de Sanidad indica que el 0,6% de los españoles tomó esta droga en 2012. La sobredosis de anfetaminas aumentan la temperatura del cuerpo y pueden causar irritabilidad, convulsiones e incluso la muerte.

Si se consume de forma frecuente, este fármaco da lugar a depresiones severas. Asimismo, también puede aparecer un cuadro llamado psicosis tóxica anfetamínica, que a menudo se confunde con esquizofrenia. El abuso crónico de las anfetaminas provoca aparición de acné y trastornos en cabello, dientes, encías y uñas.

 

5.- Alucinógenos: El Ministerio de Sanidad cifra su ingesta en un 0,4% de la población española. Según la FAD, existen datos contundentes en cuanto a las secuelas en la esfera psicológica del consumo de alucinógenos como el LSD. Destacan los trastornos de depresión y ansiedad. Uno de los mayores peligros en relación con el consumo del LSD es el llamado «flash- back» o retorno de la vivencia tenida con la droga, sin mediar una nueva dosis. Esto conlleva riesgos considerables para la integridad de la persona.

También se pueden presentar episodios depresivos graves, cuadros psicóticos de tipo esquizofrénico, conductas de carácter paranoide o deficiencias en la memoria y en el pensamiento abstracto.

 

6.- Setas mágicas: Sanidad sitúa su ingesta en el 0,4% de la población española, al igual que los alucinógenos.

Según la FAD, a pesar de que no se conocen claramente los riesgos del consumo a largo plazo, su consumo de forma abusiva puede provocar importantes alteraciones psicológicas. Dichas alteraciones suelen manifestarse en crisis de ansiedad y de pánico, así como en inestabilidad emocional de impredecible duración en el tiempo.

 

7.- Ketamina: Los datos oficiales de Sanidad afirman que un 0,2% de los españoles lo tomó en algún momento de 2012. Si hay sobredosis de esta sustancia, puede dar lugar a la pérdida total de conciencia, el coma o incluso la muerte.

Asimismo, su consumo puede dar lugar a lo que se ha llamado «un mal viaje»: crisis de pánico y sensaciones muy desagradables. También puede producir depresión respiratoria y paro cardíaco. Trastornos de ansiedad, paranoias y flash back son otros efectos negativos a tener en cuenta si se va a consumir esta droga.

A largo plazo puede provocar daño cerebral, problemas de memoria, de concentración o deterioro de habilidades linguísticas. También dificultades en la digestión, en la micción, problemas oculares y alteraciones del sueño.

 

8.- Heroína: Sanidad indica que un 0,1% de españoles la consumió en 2012. El uso continuado de la sustancia puede producir alteraciones de la personalidad, trastornos de la memoria, de ansiedad y depresión. Si se consume se manifiesta una enorme dependencia que hace que toda la vida del consumidor gire en torno a la sustancia.

Otros efectos dañinos que provoca su consumo son las alteraciones de la nutrición, afecciones gastrointestinales, dolencias cardiovasculares, alteraciones hepáticas y renales. Asimismo, pueden aparecer problemas dentales, patologías ginecológicas y abortos espontáneos.

 

Sanidad saca a información pública el anteproyecto de Ley de Atención Integral en Materia de Drogas de Asturias

La Consejería de Sanidad ha sacado a información pública el anteproyecto de Ley del Principado de Asturias en Atención Integral en Materia de Drogas que, entre otras medidas, incluye la prohibición del consumo de alcohol en menores de 18 años. Actualmente el límite está fijado en los 16 años.

Según ha informado el Principado a través de una nota de prensa, tras su tramitación administrativa, la propuesta se encuentra desde este sábado en periodo de exposición pública para que todos aquellos interesados puedan cursar sus alegaciones por escrito antes del próximo 16 de septiembre, de forma que este otoño pueda ser enviada a la Junta General para su aprobación por el Pleno de la Cámara.

Nota de Prensa

 

Falsos mitos sobre el alcohol y los controles de alcoholemia

alcoholemia

El alcohol al volante es uno de los problemas más graves en materia  de seguridad vial. De hecho, según datos del  Instituto Nacional de Toxicología, el 35% de los conductores fallecidos en accidente de coche durante el pasado año dio positivo en alcohol, un factor que multiplica por 9 las posibilidades de sufrir o provocar un siniestro.
A pesar de ello, en los controles de alcoholemia se sigue recurriendo a  mitos o leyendas urbanas con las que, supuestamente, se puede burlar el  control. Según el estudio «Mitos y falsas creencias sobre los controles de alcoholemia», realizado por FESVIAL (Fundación Española para la Seguridad Vial), y  Línea Directa , 8 millones de conductores españoles (alrededor de un 30% del total) creen en la existencia de trucos para burlar los controles  de alcoholemia. Entre ellos, beber o chupar granos de café, esperar de 1 a 2 horas para coger el coche, tomar chicles y caramelos, beber  agua o hacer ejercicio, son algunos de los más extendidos.
Además, si analizamos más en profundidad estas falsas creencias, encontramos algunas realmente extrañas como beber aceite, tomar pasta de dientes, comer césped, chupar baterías de litio o monedas de cobre, vomitar y soplar despacio por el alcoholímetro.
Según el informe, casi la mitad de los conductores españoles (44%) ha oído  hablar de la existencia de estos trucos, principalmente de boca de  amigos (73%) y en el trabajo (23%). Asimismo, unos 2,7 millones de  conductores, alrededor del 10%, reconoce haber utilizado alguno de estos métodos para no dar positivo. Cuando se les pregunta si consideran  socialmente aceptable estas prácticas de engaño, llama la atención que 2,5 millones de conductores españoles aprueban su utilización para burlar la prueba de alcoholemia (9%).
El perfil del conductor más propenso a aceptar estas creencias populares  responde al de un hombre, de 18 a 29 años, que utiliza herramientas  tecnológicas (como Whatsapp, Internet o redes sociales) para evitar los  controles de alcoholemia y que reconoce haber conducido bajo los efectos del alcohol.
Por Comunidades Autónomas, los conductores vascos parecen ser los que más conocen la existencia de estos mitos, mientras que los de La Rioja, Asturias y Cantabria son los que menos.  En cuanto a su efectividad, los madrileños parecen ser los que creen más efectivas estas prácticas y los gallegos y vascos, los más escépticos.

 

Algunas advertencias legales a tener en cuenta

 

¿Por qué es un delito traficar con drogas?

¿Por qué es un delito traficar con drogas?

Porque se considera que las drogas son perjudiciales para la salud, y traficar con ellas significa poner en peligro la salud de los demás. Es por lo tanto un delito contra la salud pública.

¿Consumir drogas ilegales es delito?

¿Consumir drogas ilegales es delito?

Consumir drogas legales e ilegales no es delito, porque no se puede obligar a nadie a llevar una vida sana, ni se le puede condenar por poner en peligro su propia salud. Es decir, mientras no afecte a los demás se respeta el derecho de cada uno a consumir drogas.

¿Qué es delito y qué no?

¿Qué es delito y qué no?

Es delito cultivar, elaborar, traficar y promover, favorecer o facilitar de alguna manera el consumo de drogas ilegales. También tener drogas destinadas al tráfico o a promover el consumo.

No es delito el autoconsumo, ni tener o comprar pequeñas cantidades siempre que puedas demostrar que sólo son para tu consumo.

¿Qué pasa si compras, tomas o llevas drogas para ti?

¿Qué pasa si compras, tomas o llevas drogas para ti?

Hay conductas que aunque no sean delito se pueden castigar con multas. La ley Corcuera establece multas entre 300,51 € a 30.050,61€ por consumir drogas en lugares públicos (calles, buses, bares,…), por tirar en esos lugares las cosas usadas para consumirlas (turulos, papelinas y marrones varios…) o por llevar drogas que son para el consumo propio.

¿Cómo saben los tribunales de justicia cuando es para consumo propio o para tráfico?

¿Cómo saben los tribunales de justicia cuando es para consumo propio o para tráfico?

Para saberlos se fijan en las pruebas que son:

  • Si la persona es consumidora de drogas o no.
  • La cantidad de droga.
  • Si la droga estaba o no escondida.
  • Si estaba dividida en dosis
  • Si había instrumentos para pesarla o dividirla en dosis.
  • Si había productos para adulterarla o cortarla.
  • Si había grandes cantidades de papelas.
  • Otros indicios y pruebas que aporte la policía.

¿Y qué pasa si soy menor de edad?

¿Y qué pasa si soy menor de edad?

Si se es menor de edad no se aplicaría el Código Penal, sino una ley específica que regula las responsabilidades penales de los menores de 18 años. Las medidas que contemplan esta ley van desde las prestaciones en beneficio de la comunidad, la libertad vigilada, etc. y en casos excepcionales hasta el internamiento en un centro de menores, durante un tiempo máximo de 5 años (si se reincide y/o los hechos han sido muy graves).

Según se valore en cada caso, pueden ingresar al menor en un centro cerrado, semicerrado o abierto (en el primero no sales para nada y en los otros dos vives ahí pero sales para estudiar, trabajar, etc.)

Si tuviera un problema de adicción a las drogas, se contemplaría la posibilidad de ingresar en un centro terapéutico especial para drogodependientes.

¿Cómo queda todo?

¿Cómo queda todo?

Si no hay ninguna prueba o sospecha de tráfico y te pillan llevando o consumiendo cantidades muy pequeñas (por ejemplo 1-3 pastis, 1 cuarto o medio gramo de coca, un par de tripis, o 10 gr. de costo), te pueden quitar la droga y ponerte una multa (normalmente de 300,51 € a 450,76 €).

Para cantidades mayores, si aparte de la tendencia de droga, no hay ninguna otra prueba o sospecha de tráfico y consigues demostrar que lo que llevas es lo que consumes en un máximo de 3 a 5 días, todo quedaría como mucho en una multa. Si se demuestra que es más de lo que consumes habitualmente en 3 o 5 días, supondrán que querías traficar y te condenarían a prisión.

Para saber si la cantidad que uno lleva es superior o inferior a lo que consume en un máximo de 5 días, los tribunales valoraran las características de cada caso en concreto y además, como referente, se pueden fijar en lo que algunas sentencias han considerado como cantidades máximas al día para el autoconsumo de un adicto: aproximadamente de1, 5 gramos diarios de cocaína, 3 pastis diaria, o 5 gramos diarios de hachís (calcula esto por 5 días). Para la heroína la cantidad máxima es total de 3 gramos y para el LSD recuerda que solo sabemos que generalmente la cantidad total de 5 tripis se suele considerar destinadas al tráfico. Estas son cantidades orientativas, según el caso puede empapelarle por llevar más o menos de esto o pueden librarse aún llevando más (aunque esto último es muy raro que pase).

Si tienen las más mínima prueba de tráfico, las cantidades más pequeñas como un porro, un tripi, una pasti o una raya, pueden suponer pena de prisión. Si es de hachís o marihuana, la pena será de 1 a 3 años, y si es cualquier otra droga, será de 3 a 9 años. Cuantas más pruebas en contra y más agravantes, más larga será la condena, y si la cantidad supera las 500 dosis, pues más larga todavía. Con los agravantes, las penas para el costo pueden subir hasta 4 años y 6 meses (para narcos y casos muy graves hasta 6 años y 9 meses), y para las otras drogas hasta 13 años y 6 meses (19años y 9 meses para narcos).

Si tiene eximentes completos se liberarían de ir a la cárcel (aunque según cual fuera la eximente podrían aplicarle otras medidas, p. ej. Ingresar en un centro psiquiátrico penitenciario si la eximente es trastorno psíquico). Si tiene atenuantes, se rebajaría la pena más o menos, según el caso(a veces incluso dejarla en unos cuantos meses).

Si es menor de 18 años, se aplicarían medidas sancionadoras y educativas, pudiendo ser ingresado en un centro para menores por un máximo de 5 años (si los hechos son muy graves y es reincidente). Si tuviera problemas de consumo de sustancias podrían ingresarlo en un centro de atención a las drogodependencias.

Por último el consumir en lugares públicos drogas como la ketamina o el G.H.B. a lo mejor podrían ponerle una multa (dependiendo de cómo se consumieran: tragadas, esnifadas, fumadas…). Por traficar con ellas podrían tener problemas con la Ley del Medicamento e incluso podrían ser condenados a prisión, pues según el Código Penal podrían condenarse por traficar con sustancias que pueden ser peligrosas para la salud.

 

Información sobre Sustancias

En este enlace puedes ver un cuadro resumen de las principales sustancias.

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